Cómo hacer una factura: datos obligatorios y ejemplo paso a paso
Qué tiene que llevar una factura en España según el Reglamento de facturación, cómo numerarla y cómo calcular IVA e IRPF, con un ejemplo completo.
Equipo de FacturaYa · Actualizado el · 2 min de lectura
Una factura es un documento legal: si le falta un dato obligatorio, tu cliente puede no deducirse el IVA y Hacienda puede sancionarte. Los requisitos están en el Reglamento de facturación (Real Decreto 1619/2012). Aquí tienes la lista y un ejemplo.
Datos obligatorios de una factura completa
El artículo 6 del Reglamento exige, como mínimo:
- Número y, si la usas, serie. La numeración es correlativa: no puede haber saltos ni números repetidos dentro de una serie.
- Fecha de expedición.
- Tus datos y los de tu cliente: nombre y apellidos o razón social, NIF y domicilio (el de tu cliente es obligatorio si es empresario o profesional).
- Descripción de lo que facturas: productos o servicios, con la base imponible.
- Tipo de IVA aplicado y cuota resultante. Si aplicas varios tipos, la base y la cuota de cada uno por separado.
- Fecha de la operación, si es distinta de la fecha de la factura (por ejemplo, un servicio prestado el mes anterior).
- Mención legal cuando la operación está exenta, no sujeta o con inversión del sujeto pasivo, indicando el artículo de la ley que lo justifica.
Si eres profesional y facturas a empresas, añade además la retención de IRPF: no es un requisito del Reglamento de facturación, pero la normativa del IRPF obliga a practicarla.
Cómo numerar tus facturas
Lo más habitual es una serie por año: F2026-0001, F2026-0002… Puedes tener series distintas (por ejemplo, una para rectificativas), pero dentro de cada serie la numeración tiene que ser correlativa y en orden de fecha: la factura 15 no puede tener fecha anterior a la 14.
En FacturaYa el número se asigna al emitir la factura: siempre es el siguiente de la serie y lleva el año de la fecha de la factura.
Ejemplo de factura con IVA y retención
Un diseñador autónomo factura a una empresa un proyecto de 1.000 € más IVA, con retención del 15 %:
| Concepto | Importe |
|---|---|
| Base imponible | 1.000,00 € |
| IVA 21 % | 210,00 € |
| Retención IRPF 15 % | −150,00 € |
| Total a cobrar | 1.060,00 € |
El IVA (210 €) lo declaras tú en el modelo 303. La retención (150 €) la ingresa tu cliente en Hacienda a tu nombre, y la restas de tu pago fraccionado o de la renta. Puedes repetir el cálculo con otros importes en la calculadora de retención de IRPF.
Errores frecuentes
- Corregir una factura ya enviada editándola. Una factura emitida no se modifica: se corrige con una factura rectificativa.
- Saltarse números al anular una factura. Si un número ya se usó, la corrección va por rectificativa, no borrando la factura.
- Olvidar la mención de exención en operaciones exentas o intracomunitarias.
- Aplicar retención a particulares. Solo se aplica cuando el cliente es empresa o profesional.
Cuánto tiempo hay que guardar las facturas
Las facturas emitidas y recibidas se conservan durante el plazo de prescripción de los impuestos, en general 4 años, y hasta 6 años a efectos mercantiles (Código de Comercio, art. 30).