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IVA repercutido y soportado

El IVA repercutido es el que cobras a tus clientes en tus facturas. El soportado es el que te cobran tus proveedores. En el modelo 303 ingresas la diferencia entre los dos.

Actualizado el

Cada factura que emites lleva IVA que cobras a tu cliente: es el IVA repercutido. Cada factura que recibes lleva IVA que te cobra tu proveedor: es el IVA soportado. Tú no te quedas el primero ni pierdes el segundo. Cada trimestre declaras los dos en el modelo 303.

Repercutido

Tienes la obligación de repercutir el IVA a tu cliente en la factura (Ley 37/1992, art. 88). Lo ingresas en Hacienda aunque el cliente todavía no te haya pagado, salvo en el régimen de criterio de caja.

Soportado

Puedes deducirte el IVA de las compras que usas en tu actividad si tienes la factura a tu nombre (arts. 92 a 97). Tienes 4 años desde el devengo para deducirlo (art. 99.Tres). El IVA de gastos personales o no relacionados con la actividad no se deduce.

Ejemplo

En un trimestre una tienda de ropa factura 20.000 € de base al 21 % y compra género por 12.000 € de base al 21 %.

Concepto Importe
IVA repercutido 4.200,00 €
IVA soportado deducible −2.520,00 €
Resultado del 303 1.680,00 €

Si esa tienda es de una persona física en recargo de equivalencia, no presenta el 303 por esta actividad: paga el IVA y el recargo a su proveedor y no liquida nada más.

Errores frecuentes

  • Deducirse el IVA de una compra sin factura a tu nombre.
  • Contar como ingreso el IVA que cobras.
  • Dejar sin declarar el IVA de facturas que el cliente no ha pagado.

Prueba tus importes en la calculadora del modelo 303 y lee qué datos salen de tus facturas. FacturaYa calcula las cifras del 303 con tus facturas emitidas y recibidas en impuestos y libros.

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si el soportado es mayor que el repercutido?

El 303 sale a compensar y lo restas en trimestres siguientes. En el último trimestre del año puedes pedir la devolución.

¿Puedo deducir el IVA de un ticket?

Solo si es una factura simplificada con tu NIF, tu domicilio y la cuota de IVA separada (Real Decreto 1619/2012, art. 7.2). Un ticket sin tus datos no sirve.

¿Los comercios en recargo de equivalencia deducen el IVA soportado?

No. Los minoristas en recargo de equivalencia no presentan el 303 por esa actividad ni deducen el IVA de sus compras.

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