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FacturaYa

VeriFactu y factura electrónica: diferencias y cómo te afectan las dos

VeriFactu controla el programa con el que facturas; la factura electrónica, el formato con el que la envías. Qué pide cada una, a quién y desde cuándo.

Equipo de FacturaYa · Actualizado el · 2 min de lectura

Se confunden mucho porque llegan casi a la vez y las dos vienen de Hacienda. Pero resuelven problemas distintos. VERI*FACTU busca que no se puedan borrar ni maquillar ventas. La factura electrónica busca que las facturas entre empresas circulen en un formato que un programa pueda leer, y que se sepa cuándo se pagan.

La comparación

VERI*FACTU Factura electrónica B2B
Qué regula El programa con el que emites (sistema informático de facturación) El formato y el envío de la factura al cliente
Norma Ley 11/2021 (Ley Antifraude) y Real Decreto 1007/2023 Ley 18/2022 ("Crea y Crece"), Real Decreto 238/2026 y Orden HAC/1028/2026
A quién afecta Empresas y autónomos que emiten facturas con un programa, también a particulares Facturas entre empresas y autónomos
Qué tienes que hacer Usar un programa que registre cada factura con su huella, la encadene con la anterior y, en modalidad VERI*FACTU, la envíe a la AEAT. El PDF lleva un código QR Emitir y recibir facturas en un formato estructurado (Facturae, UBL, CII o EDIFACT) y comunicar su estado de pago
Fechas vigentes 1 de enero de 2027 (Impuesto sobre Sociedades) y 1 de julio de 2027 (resto), según el Real Decreto-ley 15/2025 6 de octubre de 2027 (más de 8 millones de facturación) y 6 de octubre de 2028 (resto)
Fechas anunciadas Octubre de 2028, sin publicar en el BOE a 29 de octubre de 2026 Ya publicadas
Sanción por no cumplir Hasta 50.000 € por ejercicio por usar un programa no adaptado (art. 201 bis de la Ley General Tributaria) No hemos encontrado una cuantía específica; la actualizaremos cuando la confirmemos en el BOE

Lo que tienen en común

  • Ninguna se cumple con Word o Excel.
  • Las dos impiden "retocar" una factura emitida: los errores se corrigen con una factura rectificativa.
  • Hacienda quiere hacerlas coincidir en el tiempo. El aplazamiento anunciado de VERI*FACTU a octubre de 2028 lo justifica así.

Un ejemplo

Una diseñadora autónoma factura a una agencia (empresa) y a un particular.

  • Con VERI*FACTU, las dos facturas tienen que salir de un programa adaptado, con su registro y su QR.
  • Con la factura electrónica, solo la de la agencia tiene que enviarse en formato estructurado. Al particular le vale el PDF.

Qué hacer

Elige ya un programa que cubra las dos cosas para no cambiar dos veces. FacturaYa registra cada factura emitida y la envía a la AEAT con tu certificado, imprime el QR y genera la Facturae firmada para la Administración (cómo funciona). Las fechas de cada obligación, con sus fuentes, están en:

Fuentes

  • Real Decreto 1007/2023 (Reglamento VERI*FACTU) y Real Decreto-ley 15/2025.
  • Real Decreto 238/2026 y Orden HAC/1028/2026.
  • Ley 58/2003, General Tributaria, art. 201 bis.

Revisado el 29 de octubre de 2026.

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