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Factura rectificativa

Factura que corrige otra ya emitida, porque tenía un error o porque la operación cambió después. Lleva su propia serie y cita la factura que rectifica.

Actualizado el

Una factura rectificativa corrige una factura que ya emitiste. No la borra: la deja como estaba y añade un documento nuevo que explica el cambio. La regula el artículo 15 del Real Decreto 1619/2012.

Cuándo es obligatoria

  • La factura original no cumple algún requisito: falta el NIF del cliente, el tipo de IVA es incorrecto o el importe está mal.
  • La base imponible cambia después de emitirla: devoluciones, descuentos posteriores, operaciones canceladas, impagos en concurso o créditos incobrables (Ley 37/1992, art. 80).

Qué datos lleva

Todos los de una factura normal, más una serie propia para rectificativas (art. 6.1.a), el número y la fecha de la factura rectificada, el motivo y los importes corregidos o la diferencia.

Ejemplo

Emites una factura de 10 unidades a 50 €: base 500 €, IVA 105 €, total 605 €. El cliente devuelve 2 unidades. Haces una rectificativa por diferencias de −100 € de base y −21 € de IVA, total −121 €. La factura original sigue igual y las dos juntas suman lo que el cliente se quedó.

Errores frecuentes

  • Numerar la rectificativa en la serie de facturas normales.
  • Editar la factura original en el programa en lugar de rectificarla.
  • Emitir una factura nueva con importe negativo sin citar la original.

Con VERI*FACTU cada rectificativa lleva un código de tipo, de R1 a R5. Los explicamos en factura rectificativa: cuándo hacerla y cómo. En FacturaYa la creas desde la factura emitida con «Crear rectificativa» y recibe el número de su serie. Lo ves en crear facturas online.

Preguntas frecuentes

¿Puedo borrar una factura y hacerla de nuevo?

No. Una factura emitida no se borra ni se edita. Se corrige con una rectificativa, que deja rastro de qué cambió y por qué.

¿Cuánto tiempo tengo para rectificar?

Debes hacerlo en cuanto conozcas el error, y como máximo 4 años después del devengo del impuesto (Real Decreto 1619/2012, art. 15.3).

¿Hace falta rectificar una errata en la descripción?

Solo si afecta a un dato obligatorio de la factura. Una errata que no cambia importes, tipos ni datos de las partes no obliga a rectificar.

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